RESOLUCIÓN N° 348-DPR-2023-TASA DE INTERES
Artículo 1º: FÍJESE la tasa de interés mensual prevista por los artículos 84 y 87 del Código Fiscal Provincial Vigente, a partir del 1º de Septiembre de 2023, en el nueve por ciento (9,00%).
Artículo 1º: FÍJESE la tasa de interés mensual prevista por los artículos 84 y 87 del Código Fiscal Provincial Vigente, a partir del 1º de Septiembre de 2023, en el nueve por ciento (9,00%).
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Se informa que mediante el Decreto 2024-122-E-NEU-GPN se efectuaron modificaciones a las alícuotas vigentes para el ejercicio fiscal 2024 de determinadas actividades. Puede consultar la norma AQUÍ