LEY IMPOSITIVA 3407-2024
LEY IMPOSITIVA
TÍTULO I
PARTE GENERAL
Artículo 1.º La percepción de las obligaciones fiscales establecidas en el Código Fiscal provincial se efectúa de acuerdo con las disposiciones de la presente ley.
LEY IMPOSITIVA
TÍTULO I
PARTE GENERAL
Artículo 1.º La percepción de las obligaciones fiscales establecidas en el Código Fiscal provincial se efectúa de acuerdo con las disposiciones de la presente ley.
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Se informa que mediante el Decreto 2024-122-E-NEU-GPN se efectuaron modificaciones a las alícuotas vigentes para el ejercicio fiscal 2024 de determinadas actividades. Puede consultar la norma AQUÍ