LEY 2896-2014
La Legislatura de la Provincia del Neuquén
Sanciona con Fuerza de
Ley:
Articulo 1° Modifícanse los artículos 65, 94, 164, 165, 178, 203, 228, 235, 237, 239, 246, 254, 256, 257 y 263 de la Ley 2680 y sus modificatorias -Código Fiscal de la Provincia del Neuquén-, los que quedaran redactados de la siguiente manera:
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