RESOLUCION-131-DPR-2020-IMPUESTO DE SELLOS
Artículo 1°: ESTABLÉCESE que las obligaciones de pago del Impuesto de Sellos derivadas de los Actos y/o Contratos instrumentados, cuyos vencimientos operaron desde el día 17 de Marzo de 2020 y hasta el día 20 de Abril del 2020 inclusive, se considerarán canceladas en término sin generación de intereses y/o recargos hasta el día 08 de Mayo del presente año.