RESOLUCIÓN 051-2019 DDJJ Anual ISIB SIFERE WEB LOCALES
RESOLUCIÓN Nº 051 /DPR/19
VISTO:
El Expediente N° 8223-003251/2019 del registro de la Dirección Provincial de Rentas caratulado “Secretaria Técnica DPR s/Generación de DDJJ Anual del Imp. S/IBD mediante la aplicación SIFERE WEB LOCALES”; el Código Fiscal Provincial vigente; la Resolución Nº 488/DPR/17; y
CONSIDERANDO:
Que mediante Resolución Nº 488/DPR/17 se aprobó el Módulo DDJJ “Generación de Declaraciones Juradas Mensuales SIFERE LOCALES “CD03 WEB”;
Que el Artículo 206 de Código Fiscal Provincial vigente establece la obligatoriedad de presentar una Declaración Jurada en la que se resuma la totalidad de las operaciones del año;
Que deviene necesario aprobar el Módulo DDJJ “Generación de Declaraciones Juradas Anuales SIFERE WEB LOCALES” que permite presentar la Declaración Jurada Anual del Impuesto Sobre los Ingresos Brutos para los contribuyentes Directos;
Que la Dirección General de Legal y Técnica ha tomado la intervención de competencia;
Por ello:
EL DIRECTOR PROVINCIAL DE RENTAS
RESUELVE:
Artículo 1°: APRÚEBESE el Módulo DDJJ “Generación de Declaraciones Juradas Anuales SIFERE WEB LOCALES” a los fines de la confección y presentación de la referida Declaración Jurada Anual, conforme se detalla en el ANEXO ÚNICO de la presente Resolución.
Artículo 2°: ESTABLÉCESE que el módulo opera a través del sitio www.afip.gob.ar en el cual está disponible la descripción de las funcionalidades del Sistema SIFERE LOCALES –Provincia del Neuquén-.
Artículo 3°: HÁGASE SABER que los datos contenidos en las Declaraciones Juradas transmitidas a través del presente módulo, quedarán registrados en la base de datos de la Dirección Provincial de Rentas.
Artículo 4°: COMUNÍQUESE a las Direcciones Generales, Departamentos, Delegaciones, Divisiones y Secciones de la Dirección Provincial de Rentas. PUBLÍQUESE. Cumplido, ARCHÍVESE.
ES COPIA FDO) INSUA
ANEXO ÚNICO
Sistema SIFERE LOCALES
Declaración Jurada Anual
Descripción de la operatoria
El sistema SIFERE LOCALES permite a los contribuyentes directos del Impuesto Sobre los Ingresos Brutos de la Provincia del Neuquén, confeccionar y presentar la Declaración Jurada Anual del impuesto referido.
Acceso al Módulo y Autenticación de usuarios
El ingreso al Sistema se realiza a través del sitio www.afip.gob.ar.
Para el acceso, los contribuyentes utilizarán para su identificación e ingreso la Clave Única de Identificación Tributaria (CUIT) y Clave Fiscal otorgada por la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP). La autenticación se realizará en cada oportunidad que se ingrese al mismo.
Para operar por primera vez, deberá efectivizarse en la Opción “Administrador de Relaciones de Clave Fiscal” del sitio de AFIP, la incorporación de una nueva relación en el servicio “DIR. GRAL. ADM. DE HACIENDA Y FINANZAS – PROV. NEUQUEN”, Servicios Interactivos, “SIFERE LOCALES- Provincia del Neuquén”.
En el caso de las personas que representan a varios contribuyentes, el sistema le solicitará que seleccione la CUIT sobre la que desea operar. Se exigirá para este trámite el nivel máximo de seguridad (Nivel 3).
Confección, presentación y estados de una Declaración Jurada
El sistema mostrará los datos de padrón necesarios para la liquidación del impuesto que estén registrados ante el Fisco, incluyendo las últimas modificaciones declaradas por el contribuyente. Si algún dato no se correspondiere a su situación tributaria, previo a confeccionar la declaración jurada deberá realizar la actualización correspondiente por los canales habilitados para tal efecto.
BORRADOR: Estado de una DDJJ luego de ser creada por el contribuyente al realizar la acción “Guardar DDJJ en Borrador” y mientras dure la edición de la misma.
Cuando se inicia la confección de una declaración jurada la misma se crea en pantalla únicamente, y sólo pasará a estado “BORRADOR” cuando el usuario la grabe con la opción “Guardar DDJJ en Borrador”, pudiéndose actualizar su contenido en las diferentes etapas, y permanecerá en ese estado hasta que se decida su presentación.
CERRADA: Estado de una DDJJ luego de ser presentada por el contribuyente, y como paso previo al proceso de registración en el servidor de AFIP.
Completada la declaración jurada con todos los datos requeridos para el período que se declara y validados la totalidad de los mismos, el contribuyente podrá realizar la presentación de la DDJJ presionando el botón correspondiente. Esta será la última acción que el contribuyente deberá realizar y el resto de los pasos para completar la presentación lo realizará el sistema.
Las declaraciones juradas transmitidas se considerarán presentadas cuando el Sistema otorgue el número de transacción, en la fecha y hora que conste en el mismo. Esta acción la efectúa el sistema al realizar el envío de la DDJJ hacia servidores de AFIP para cumplimentar las acciones. Para ello la DDJJ pasará al estado “CERRADA” y, temporalmente, al estado “PENDIENTE PRESENTACIÓN ANTE AFIP” hasta que se complete el proceso de transmisión.
PRESENTADA: Estado en el que se encuentra una DDJJ cuando el sistema valida correctamente todos los datos, lo cual determina la acción de presentación ante AFIP para registrar un N° de transacción, una vez que el Sistema devuelva la confirmación con los datos necesarios y suficientes que indiquen su efectiva aceptación, lo cual se verá reflejado con un N° de Transacción y la fecha y hora de aceptación de la misma. Hasta que no se efectivice la presentación se mantendrá el estado “PENDIENTE PRESENTACIÓN ANTE AFIP”
PENDIENTE PRESENTACIÓN AFIP: Estado temporal de una declaración jurada cuando se realiza la presentación ante los servidores de AFIP.
RECHAZADA: Estado temporal que puede tener una DDJJ que fue rechazada por problemas técnicos. No requiere intervención por parte del contribuyente ya que se realiza la corrección a través del Sistema. Tendrá lugar solo en ocasión en que el Sistema emita algún rechazo por razones técnicas de la transferencia. En dicho supuesto, el contribuyente deberá aguardar la regularización del problema y la emisión del comprobante correspondiente.