LEY DE PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO- LEY 1284
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DEL NEUQUÉN
SANCIONA Y PROMULGA CON FUERZA DE
LEY:
LEY DE PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO
TITULO I
APLICACIÓN, ÁMBITO Y PRINCIPIOS
Artículo 1º Aplicación. Esta Ley regirá toda la actividad administrativa estatal provincial, centralizada y descentralizada. Se aplicará también a las personas públicas no estatales y a las personas privadas cuando ejerzan función administrativa por autorización o delegación estatal. Los procedimientos administrativos especiales que establezcan otras leyes se regirán supletoriamente por las disposiciones de esta Ley.
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